Utilizaremos el REDOBLO con 10PH o más (10 puntos Honores, no PHL o PHLD). Se trata de una voz FORCING PUNITIVA. Esto quiere decir que no podemos dejar jugar a los adversarios un contrato, por bajo que sea, sin doblarlo. Deberemos anunciar un contrato para jugar en ataque o doblar punitivamente cualquier contrato de los contrarios.
FORCING PUNITIVO: Cualquier doblo posterior es de penalidad y la subasta no debe cerrarse jugando en defensa sin doblar cualquier contrato de los contrarios. O jugamos nuestro propio contrato en ataque o doblamos el contrato de los contrarios punitivamente.
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Como vemos el carácter FORCING PUNITIVO también significa que después del redoblo cualquier doblo posterior es de penalidad. El redoblo, en principio, busca precisamente esto, doblar punitivamente a los contrarios.
Sobre el redoblo, el abridor en la mayoría de los casos pasará, excepto si tiene una mano muy débil y muy irregular. Los contrarios deberán anunciar un contrato que podremos doblar punitivamente con cuatro cartas en el palo de triunfo. Si no disponemos de las cuatro cartas hay que pasar y dejar que el compañero doble. Si él tampoco tiene cuatro cartas deberá considerar el anunciar un contrato.
Norte |
Este |
Sur |
Oeste |
1♥ |
x |
xx |
Paso |
Paso |
2♦ |
Paso* |
Paso |
x |
Paso |
Paso |
Paso |
* Pase FORCING
Norte |
Este |
Sur |
Oeste |
1♥ |
x |
xx |
2♦ |
Paso* |
Paso |
x** |
Paso |
Paso |
Paso |
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* Pase FORCING
** Necesitamos cuatro cartas o alguna baza de triunfo para evitar que un palo largo de triunfo proporcione las bazas necesarias para un contrato de 8.
Doblar un contrato menor a nivel de 2 tiene poco peligro ya que cumplido no da la manga. Por el contrario un 2♥x o 2♠x cumplido es manga con lo que deberemos ser más prudentes en este caso.